SOFTWARE
La otra parte fundamental de un sistema informático es el SOFTWARE, es le conjunto de programas que controlan la operativa y funcionamiento del ordenador.
CLASIFICACIÓN
aunque se considere como software cualquier tipo de programas, estos son de muy diversas clases, se puede distinguir tres grandes grupos:
También existen otros criterios de clasificación del software: según su utilidad y según su licencia y distribución.
- SEGUN SU UTILIDAD: Cuando encendemos la PC, debemos esperar unos minutos a que se prepare para que nosotros podamos trabajar, es así como carga el sistema operativo (Widnows & lunux por ejemplo) y todos los demás programas que permiten tanto hacer funcionar los dispositivos conectados a la computadora.
- SEGUN SU LICENCIA Y DISTRIBUCION: estos se clasifican en dos tipos el software propietario y el software libre, he aquí el dilema ya que hoy en día hay controversia desde una perspectiva ética, asociadas a intereses comerciales.
- SOFTWARE PROPIETARIO: cuando adquirimos software, bajo cualquier tipo de licencia de uso, pero las desventajas quedamos sujetos a las normas y restricciones de dicha licencia, como norma general se otorga la licencia, el programa no puede instalarse en otros dispositivos y de lo contrario se debe tener una autorización especifica, estos significa que pagamos por un software de programa o aplicación.

- SOFTWARE LIBRE: Richard Stallman, en estados unidos, es el fundador del movimiento software libre, que sostiene que el código fuente de los programas del computador deben ser distribuidos gratuitamente para un bien social, económico y de conocimientos de índole social hacia un fin común
TIPOS DE SOFTWARE SEGÚN SU LICENCIA
ELEMENTOS QUE SE LICENCIAN.
USOS PERMITIDOS Y NO PERMITIDOS DEL SOFTWARE.
- Uso personal: El permiso de ejecución en ocasiones se limita a una persona. Se dice entonces que la licencia es para uso personal. Esta situación es típica de productores de software propietario que quieren difundir un producto nuevo o rescatar un producto que está siendo desplazado por la competencia.

- Uso comercial: No existe una definición precisa o universal de lo que entiende por comercial o no comercial. Así por ejemplo, de acuerdo a lo que se lee en los términos de algunas licencias, por comercial.
- Uso simultáneo: Algunos programas se prestan para utilizarse simultáneamente haciendo uso de una red local de cómputo.
- Uso para determinados grupos sociales: En ocasiones se permite o se prohíbe el uso del software a determinados grupos sociales. Por ejemplo, en ocasiones el software propietario puede utilizarse libremente en entornos educativos.
- Uso privado: Algunos programas permiten libertad de uso privado, es decir, uso exclusivo en casa en un ambiente familiar. El uso privado en ciertos casos es equivalente al uso personal.

- Uso en un sólo computador: Los productores de software propietario normalmente permiten instalar el software en un sólo computador (obviamente sin considerar el software diseñado para trabajar en red), más aún, prohíben tener más de una copia instalada en un mismo computador.
- Permiso de copia: Como ya se mencionó normalmente los productores de software propietario únicamente permiten al usuario realizar una copia como respaldo del software, sea que se entregue discos de instalación o sea que venga preinstalado. No todo el software que viene preinstalado viene con licencia de uso, incluso, lo que normalmente ocurre es lo contrario, es decir, es costumbre de los vendedores entregar software preinstalado sin licencia en computadores que no son "de marca". Cuando el software propietario se entrega con licencia pero preinstalado en los discos duros, si ocurre algún daño en un disco, el usuario se encontrará en problemas para volver a instalar los programas, por carecer de la copia de respaldo. Desde que los discos tipo CD-ROM entraron en vigencia, cada vez es más común poseer software en estos medios. En teoría estos discos tienen una vida útil de muchos años si se tratan con un mínimo de cuidado, sin embargo, cuando se trata de software importante es preferible disponer de una copia de respaldo a la mano. Retomando el tema, al contrario del software propietario, como se mostró en la tabla anterior, el software libre y el software shareware se pueden copiar libremente, e incluso generalmente se anima a ello.
- Permiso de distribución: Como se indicó, la redistribución de software es una actividad que, por ejemplo, llevan a cabo empresas que ofrecen libros o revistas que incluyen CD-ROMs. La redistribución es una de la formas más comunes de entrega de software.
- Permiso de modificación de archivos fuentes: Los permisos de modificación de archivos fuentes son propios del software libre o semi-libre, por ejemplo aquellos que se distribuyen bajo la Licencia Pública General. La entrega de los archivos fuentes junto con los archivos ejecutables es una acción que últimamente se está presentando en software propietario de varias empresas, como una estrategia de desarrollo de sus productos. La modificación de archivos fuentes es de poca o ninguna importancia para un usuario común y corriente.
- Restricciones generales: Los contratos de licencia de software, en especial del software propietario, son más restricciones que otra cosa. Adicionalmente a las restricciones de copia, distribución y ejecución mencionadas, es común encontrar prohibiciones de:
- Garantía limitada o ausencia de garantía: Normalmente no se ofrece ninguna garantía del correcto funcionamiento del software que se licencia, o se ofrece una garantía muy limitada. Esta característica es comprensible cuando se trata de software que se adquiere sin pagar, pero en este caso también la ley está a favor de los productores de software propietario.
- Forma de presentación de las licencias: Igual que la documentación, físicamente las licencias pueden corresponder a material impreso o archivos en medios digitales, es decir, pueden venir en papel o en disco, o en los dos medios. De cualquier forma, en algunos casos los términos de las licencias no mencionan explícitamente a los productos en particular, utilizando en su lugar términos genéricos como "EL PRODUCTO" o "EL SOFTWARE". Por esta razón, cuando las licencias vienen en papel, es bueno escribir sobre ellas los nombres de los productos adquiridos y guardarlas en un lugar seguro, para evitar contratiempos futuros. Respecto al software que se obtiene de Internet, en ciertas ocasiones algunos programas pequeños no traen una licencia de uso formalmente escrita sino alguna descripción del tipo de uso y distribución permitidos.

- Validez de las licencias: Las licencias permanecen vigentes en el tiempo, sin importar los virajes que puedan sufrir las licencias posteriores correspondientes a nuevas versiones de los programas. Si no se adquieren las actualizaciones, los términos de las licencias continúan siendo válidos. Puede ocurrir que las licencias de las nuevas versiones del software reemplacen a las anteriores, pero sólo si son más favorables para los usuarios. Así por ejemplo, la licencia de Netscape Communicator 4.5 Edición Estándar, permite el uso del programa para fines comerciales o no comerciales, lo que no ocurría en las primeras versiones.
- Validez de las traducciones de las licencias: Las licencias de uso pueden ser traducidas a otros idiomas diferentes al país de origen, sin embargo ninguna de ellas tendrá valor legal, siendo necesario remitirse siempre a la original. Incluso, si se llegase a presentar un reclamo, en algunos casos se debe presentar la demanda exclusivamente en el idioma nativo y bajo las leyes locales a las cuales se acoja el productor.
NORMAS
LEGALES SOBRE SU UTILIZACIÓN
El software se rige por licencias de utilización, es decir, en ningún momento un usuario compra un programa o se convierte en propietario de él, tan sólo adquiere el derecho de uso, incluso así haya pagado por él. Las condiciones bajo las cuales se permite el uso del software, o sea las licencias, son contratos suscritos entre los productores de software y los usuarios. En general, las licencias corresponden a derechos que se conceden a los usuarios, principalmente en el caso del software libre, y a restricciones de uso en el caso del software propietario. Las licencias son de gran importancia tanto para el software propietario como para el software libre, igual que cualquier contrato.
Un caso especial, en lo que concierne a la propiedad sobre el software, lo constituyen los programas denominados de dominio público, porque sus creadores renuncian a los derechos de autor.
Si bien cada programa viene acompañado de una licencia de uso particular, existen diversos aspectos en común entre las licencias que hacen posible su clasificación. De acuerdo a ello, es común encontrar términos tales como software shareware, freeware, de dominio público, o de demostración. A estos nombres hay que agregar software libre y software propietario, términos un tanto desconocidos pero que se usan en medios informáticos. Incluso, es posible hablar de software semi-libre.
Normalmente se concede permiso de utilización de los archivos binarios junto con sus manuales, sea que estos últimos se entreguen en papel o en formato digital, pero ahora que el software libre está en auge cada vez es más frecuente recibir los archivos fuentes de los programas y la autorización para analizarlos y modificarlos, si se desea. Es decir, los elementos que se pueden licenciar son:
Ø Archivos binarios.
Ø Archivos fuentes.
Ø Manuales y documentación relacionada.
Normalmente las licencias del software se aplican al software considerado como un todo, es decir, la documentación que acompaña al software es considerada como parte del software. La mayor parte del software, incluso se podría decir, todo el software, incluye alguna documentación. Como se mencionó, los productores de software propietario, shareware, de demostración y freeware, normalmente sólo entregan los archivos binarios. En cambio quienes desarrollan software libre y semi-libre distribuyen tanto los archivos binarios como los archivos fuentes, aunque existe toda una variedad en los términos bajo los cuales se entregan los archivos fuentes.
Los usos que se le puede dar al software son diversos, como se ha descrito. El uso natural es la ejecución de los archivos binarios, pero a este se le suma la copia, la distribución e incluso el análisis y modificación de los archivos binarios o fuentes.
Permiso de ejecución
Las licencias de uso personal que se conceden sin que los usuarios tengan que pagar pueden ser aceptables, pero, ¿qué decir de software propietario para uso personal que se adquiere pagando?; sin duda, restricciones de este tipo son muestras de los abusos que se cometen en contra de los usuarios.
Toda situación en la cual se obtiene un lucro o beneficio económico ya sea en forma directa o indirecta. Por ejemplo, alguien que se dedica a transcribir documentos se está beneficiando directamente del uso del software.
El problema de las licencias que prohíben el uso comercial es que normalmente no se define el término, limitándose a consignar en forma escueta, por ejemplo, "libre para uso no comercial". En estos casos, la única alternativa es preguntar, preferiblemente por escrito, a los autores. Normalmente el uso de software en establecimientos educativos es considerado como comercial. El mismo análisis que se hizo para el término comercial es válido para el término "animo de lucro".
Normalmente el permiso de copia se aplica de igual manera a la documentación del software, ya sea en beneficio de los usuarios cuando es permitida, o como limitante cuando no lo es.
La redistribución de software propietario también es permitida en algunos casos para ciertos archivos necesarios para el funcionamiento de programas elaborados por los usuarios. Por ejemplo,
cuando se desarrollan aplicaciones bajo Microsoft Visual Basic, estas aplicaciones requieren de ciertas bibliotecas de funciones. En este caso, para que el software desarrollado por un usuario pueda ser distribuido y ejecutado en otros computadores, las empresas que licencian el software de desarrollo, permiten la libre distribución de las "bibliotecas" mencionadas.
Ø Alquilar, vender, o prestar el software
Ø Realizar ingeniería inversa al software
Ø Alterar o desensamblar el software
Ø Exportar del software

El software no se puede revender o sub licenciar. En este caso la única alternativa es la cesión o transferencia de la licencia. Por otro lado, normalmente se sabe que la ingeniería inversa está prohibida, sin embargo la ley la permite en contados casos y en Europa está permitida cuando se hace para lograr mayor compatibilidad o inter-operabilidad. Así por ejemplo, Samba es software que se ha desarrollado de esa forma. De todas las restricciones indicadas, causa extrañeza aquella que prohíbe el préstamo, porque, por ejemplo, cuando se compra un libro lo más natural es disponer de él como a bien se tenga. ¿Por qué se ha dejado que el uso del software se restrinja hasta este extremo?
OTRAS CARACTERÍSTICAS DE LAS LICENCIAS DE USO DEL SOFTWARE
Para poder utilizar las versiones anteriores sin problema es necesario entonces obtener una copia de la nueva licencia, más por precaución, ya que esto es de conocimiento público.
EDITADO POR MANUEL RODRIGUEZ.
software y hardware
EDITADO POR MANUEL RODRIGUEZ.
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